Normativa

Para realizar la actividad de avistamiento de cetáceos, las embarcaciones deberán estar autorizadas por el Ministerio de Transición Ecológica. Puedes consultar el listado de embarcaciones autorizadas aquí.

 

Existen diversas normas y leyes de carácter nacional e internacional que protegen a las poblaciones de calderones y delfines. Por ello es importante prestar atención a todas las actividades humanas que puedan afectar a estos animales, entre ellas el avistamiento de cetáceos.

Para ofrecer esta actividad es preciso cumplir con las siguientes normas:

Obligatorio

  • No acercarse a menos de 60 metros.
  • Tiempo máximo de observación: 30 minutos.
  • Navegar a velocidad reducida.
  • Evitar la concentración de barcos.
  • Abandonar la zona si se molesta a los animales.

Prohibido

  • Bañarse con los animales.
  • Alimentarlos.
  • Tocarlos.
  • Arrojar desperdicios al agua.
  • Molestarlos con ruidos.

Además, las empresas que prestan este servicio cuentan con una Carta por la Sostenibilidad en la que se comprometen a ofrecer un servicio turístico respetando a los animales y minimizando el impacto que este pueda suponer para el medio marino.

En caso de detectar un animal herido o un varamiento, es preciso llamar urgentemente al 112, teléfono de emergencias, para poner en marcha el protocolo de rescate contemplado para estos casos.